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Impuestos y financiamiento · septiembre 20, 2026

Alcabala al comprar un inmueble: qué debes presupuestar

Por Propiedades AQP · Guía informativa

El precio anunciado no representa necesariamente todo lo que necesitarás para comprar. Entre los conceptos que debes revisar está la alcabala. Antes de separar un inmueble en Arequipa, solicita una evaluación de si la operación está gravada y quién administra el tributo en la ubicación correspondiente.

El TUO de la Ley de Tributación Municipal establece una tasa de 3% a cargo del comprador y deja no afecto el tramo de las primeras 10 UIT. La base considera el valor de transferencia, con el mínimo de autovalúo ajustado previsto en la norma. Hay supuestos especiales e inafectaciones: no se debe aplicar una cuenta genérica a toda transferencia.

Cómo preparar la consulta

  • Identifica el predio, el distrito y la operación: compraventa, herencia u otra transferencia.
  • Lleva el valor pactado y la documentación municipal y contractual disponible.
  • Pregunta qué UIT y qué base corresponden al momento de la operación.
  • Solicita que te expliquen cualquier inafectación o tratamiento especial y su sustento.
  • Confirma el plazo, el canal de pago y el documento que necesitará la notaría.

Un ejemplo sin confundirlo con una liquidación

Si la base determinada para una operación gravada fuera 30 UIT, el tramo sujeto a la tasa general sería 20 UIT. Aplicar 3% a ese tramo daría 0,6 UIT. Es un ejemplo matemático; no determina la base, la UIT ni el impuesto de tu compra.

El tratamiento de la primera venta realizada por una empresa constructora y otras situaciones requiere revisar sus reglas específicas. Pide que se analicen antes de asumir que un inmueble nuevo siempre paga lo mismo que uno usado.

Para una propiedad en Arequipa, confirma la autoridad recaudadora competente. No utilices automáticamente formularios o instrucciones operativas del SAT de Lima. Guarda la liquidación y el comprobante junto a los documentos de la compra.

Fuentes oficiales y extractos

MEF: TUO de la Ley de Tributación Municipal, DS 156-2004-EF
Ubicación: Artículos 21 a 29; especialmente 22, 24 y 25. Leer la fuente completa ↗

La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador

Fuentes consultadas el 20 de septiembre de 2026. Orientación general de Propiedades AQP; no sustituye la revisión legal, tributaria o técnica del caso. Las listas y ejemplos son elaboración del portal, no citas de las entidades. Confirma normas y requisitos vigentes antes de realizar una operación.

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